La Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definieron los nuevos controles que aplicará el sector público para la compraventa de inmuebles. El instrumento resultante es el Código de Oferta de Transacciones de Inmuebles (COTI).
Representantes de la AFIP han expresado que con este instrumento se busca lograr una mayor transparencia del mercado, verificando la coherencia entre los montos de ventas y escrituración. Con ello se intenta disminuir la evasión impositiva propia de la subvaluación de propiedades.
¿Cómo funciona?
El código obliga a los propietarios a declarar el valor de venta de inmuebles que sean iguales o superiores a los 300.000 pesos; actúa sobre las nuevas ventas y las operaciones no finalizadas a la fecha de su entrada en vigencia.
Para ello, la AFIP contará con un software, o programa informático, que recibirá los datos del dueño, de la inmobiliaria y de la escribanía, las tres partes implicadas en una operación. La primera información es transmitida por el propietario, quien debe solicitar el COTI; luego, la inmobiliaria al aceptar el inmueble incorpora otros datos y confirma la transferencia. Posteriormente, el escribano certifica la operación, agrega otros datos y confecciona la escritura. Finalmente, el sistema de la AFIP devuelve un código de operación y emite un certificado.
¿Qué tipo de datos debe brindar el propietario al sistema?
Nombre, tipo y ubicación del inmueble, precio de venta y CUIT de todas las inmobiliarias contratadas. Vale aclarar que éstas deben estar empadronadas en al AFIP para poder llevar adelante las operaciones.
¿Qué pasa si no interviene una inmobiliaria?
Igualmente, el código debe ser solicitado, ya que el programa contempla esta posibilidad. No obstante, si más tarde se desea contratar algunas, se pueden agregar.
Los medios para informar de la operación a la AFIP son:
Internet, a través del sitio: www.afip.gov.ar
Teléfono, al 0800-999-2347.
Mensaje de texto, siguiendo las siguientes instrucciones:
Número al que enviar el mensaje: 2347. Escribir la palabra COTI. Dejar un espacio en blanco. Posteriormente, marcar los números de CUIT, CUIL o CDI de quien solicita el código. Dejar otro espacio en blanco y escribir el valor de la puesta en venta de la propiedad. No detallar el tipo de moneda. No marcar números decimales. Dejar un nuevo espacio. Escribir la ubicación exacta de la propiedad. Después del envío, el organismo responderá confirmando que se inició el trámite, posteriormente se realiza una llamada para confirmar la identidad y la operación.
Siguiendo este método, una transferencia quedaría confirmada cuando se verifican: firma o cesión boleto compraventa; pago de reserva con derecho a escritura traslativa de dominio; celebración del acto de firma de escritura; percepción de la retribución por parte de la inmobiliaria.
Vale aclarar que la no solicitud de este código, contempla diversas penalizaciones previstas en la Ley de Procedimiento Tributario.
Fuente: Infobaeprofesional.com
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